Intrant indaga incidente entre taxista y turista ucraniana, en Bávaro

Santo Domingo, RD.- El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) informó a través de un comunicado que envió una comisión a Bávaro, Punta Cana, provincia La Altagracia, para investigar los reportes de un incidente acontecido entre un taxista y una ciudadana ucraniana, mientras la viajera se dirigía a buscar unos familiares al aeropuerto.

La entidad afirmó que con el propósito de gestionar las soluciones de lugar y garantizar la movilidad libre y segura de los turistas en esa zona del país, estamos investigando lo sucedido.

“Expresamos a todos los ciudadanos que como institución no apoyamos ningún hecho violento ni que atente contra la seguridad y bienestar de los locales y extranjeros”, ratificó la institución en su comunicado.

“Hacemos un llamado a que cada ciudadano, empresa o compañía de transporte, cumpla con lo que establece la referida Ley, en beneficio de todos, en el marco del respeto, el orden y la convivencia pacífica”, ponderó el organismo.

El Intrant, a través del cumplimiento de la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, trabaja para regular todo lo referente a su campo de acción.

Ley 63-17

En su Artículo 1 plantea que “La presente ley tiene por objeto regular y supervisar la movilidad, el transporte terrestre, el tránsito y la seguridad vial en la República Dominicana y establecer las instituciones responsables de planificar y ejecutar dichas actividades, así como la normativa a tal efecto”.

Asimismo en su Artículo 2 expresa en su ámbito de aplicación que “La presente ley regulará todos los medios y modalidades de transporte terrestre, nacionales o internacionales, sus propietarios, los operadores, pasajeros y cargas, la circulación de los vehículos y de animales en las vías, y cualquier otra actividad vinculada a la movilidad, el tránsito, la seguridad vial, tanto en el ámbito urbano como interurbano”.

Mientras que en el Artículo 3, enuncia en su marco regulatorio que “La presente ley y sus reglamentos de aplicación constituyen el marco regulatorio de la movilidad, el transporte terrestre, el tránsito y la seguridad vial, y se aplican e interpretan con apego a los principios establecidos en la Constitución”.

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